domingo, 2 de septiembre de 2007

UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS

UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS
Cronograma del Proceso de Admisión 2008 - I
INSCRIPCIÓN DE POSTULANTES EN GENERAL (Letra inicial del primer apellido)
A, B, C, CH, D, E, F
Del 13 al 18 de agosto
G, H, I, J, K, L, LL, M, N, Ñ, O
Del 20 al 25 de agosto
P, Q, R, S, T, U, V, W, X, Y, Z
Del 27 de agosto al 01 de setiembre
Rezagados: Todas las letras
Del 03 al 12 de setiembre
EXAMEN DE ADMISIÓN
DOMINGO 23 DE SETIEMBRE
ENTREGA DE CONSTANCIAS DE INGRESO
Del 09 al 26 de Octubre del 2007
VENTA DE PROSPECTOS :
TELETICKET de Wong o Metro
PAGO POR DERECHO DE INSCRIPCIÓN :
Agencias del Banco de Comercio



MONTOS A PAGAR - ADMISION GENERAL 2008-I

Descripción
Lugar
Importe (S/.)
VENTA DE PROSPECTO DE ADMISIÓN
TELETICKET - TIENDAS WONG Y METRO
60.00
BANCO DE COMERCIO
Descripción
Concepto de Pago
Importe (S/.)

Institución Educativa de Gestión Estatal
206-052
200.00
Institución Educativa de Gestión Particular
206-053
380.00
Licenciados del Servicio Militar Obligatorio Ley N° 27178 - Institución Educativa de Gestión Estatal
206-068
100.00
Licenciados del Servicio Militar Obligatorio Ley N° 27178 - Institución Educativa de Gestión Particular
206-093
190.00

* REZAGADOS
Institución Educativa de Gestión Estatal
206-058
210.00
Institución Educativa de Gestión Particular
206-059
400.00
Licenciados del Servicio Militar Obligatorio Ley N° 27178 Institución Educativa de Gestión Estatal
206-094
110.00
Licenciados del Servicio Militar Obligatorio Ley N° 27178 Institución Educativa de Gestión Particular
206-095
200.00

* DERECHO DE CONSTANCIA DE INGRESO
Constancia de Ingreso (Incluye Examen Médico y Curso de Informática)
206-065
235.00

* CARPETA DE EXONERACIÓN
Carpeta
206-066
20.00

DE LA INSCRIPCIÓN

Art. 9°.- El postulante se inscribirá vía Internet según el procedimiento descrito en el Anexo N° 03 del presente reglamento. El Cronograma de Inscripción será difundido mediante la página Web de la OCA: http://www.admision.unmsm.edu.pe/
Art. 10°.- Los datos consignados en el Formulario de Inscripción de la página Web
http://www.admision.unmsm.edu.pe/ son de responsabilidad del postulante y tienen carácter de declaración jurada.
Art. 11°.- El postulante no deberá firmar ni poner su impresión dactilar en el Carné de Postulante – Declaración Jurada y sólo lo hará el día del examen de admisión en presencia del Docente de Aula antes del inicio de la prueba.
Art. 12°.- El Formulario de Inscripción llenado vía Internet constituye una declaración expresa del postulante de que conoce y cumplirá el Reglamento General de Admisión 2008-I y de que, en caso de alcanzar una vacante, está obligado a cumplir con los requisitos exigidos en los artículos 30° al 33°, del presente Reglamento, según corresponda.
Art. 13°.- Para fines de la inscripción se consignará el centro educativo de procedencia del postulante donde cursó el último año de Educación Secundaria o Bachillerato Nacional. Los centros educativos se agrupan de acuerdo al código modular establecido por el Ministerio de Educación, en públicas y privadas ver:
http://escale.minedu.gob.pe/escale/inicio.do?pagina=1
Art. 14°.- El pago por derecho de inscripción para el examen de admisión, es como sigue:
Institución educativa de gestión estatal: derecho de inscripción S/. 200.00
Institución educativa de gestión privada: derecho de inscripción S/. 380.0
El personal licenciado del Servicio Militar, previa verificación de la OCA, pagará el 50% de los montos señalados en el párrafo anterior, de conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 27178.
Art. 15°.-Si el postulante que procede de una institución educativa de gestión privada pagase su derecho para el examen de admisión como si fuera de una institución educativa de gestión estatal y se inscribiera como tal, perderá todos sus derechos de postulante, como se establece en la Primera Disposición Transitoria. El pago por inscripción no será devuelto.
Art. 16°.- El postulante se inscribirá sólo en una Escuela Académico Profesional. En el caso de la EAP de Tecnología Médica (01.4), especificará la especialidad. En el caso de la EAP de Educación (06.1), especialidad de Educación Secundaria (06.1.3), deberá especificar la sub especialidad.
Art. 17°.- Efectuada la inscripción, bajo ningún motivo se devolverán los derechos abonados ni se aceptará el cambio de Escuela Académico Profesional o de especialidad.
Art.18°.- Si el postulante inscrito en una Escuela Académico Profesional o especialidad, decidiera postular a otra Escuela o especialidad, deberá realizar una nueva inscripción pagando los derechos correspondientes. La primera inscripción quedará automáticamente anulada.